Impuestos y facturación
Facturación electrónica CFDI 4.0: requisitos, tipos de comprobante y cancelación
Desde el 1 de abril de 2023 la única versión válida de la factura electrónica en México es el CFDI 4.0. Aquí tienes lo que debes saber para emitir, cobrar y cancelar sin rechazos.
En corto
- El CFDI 4.0 es la versión obligatoria desde el 1 de abril de 2023; la 3.3 ya no es válida.
- Del receptor necesitas RFC, nombre o razón social, código postal fiscal y régimen fiscal tal como aparecen en su constancia de situación fiscal, más el uso del CFDI.
- Si cobras en parcialidades o después (PPD), debes emitir un complemento de pago por cada cobro.
- Para cancelar debes indicar un motivo (01 a 04) y, en muchos casos, el receptor debe aceptar la cancelación.
¿Qué es el CFDI 4.0?
El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es la factura electrónica que exige el Código Fiscal de la Federación (artículos 29 y 29-A). Es un archivo XML que un proveedor de certificación (PAC) valida y timbra a nombre del SAT; el PDF es solo su representación impresa.
La versión 4.0 se volvió obligatoria el 1 de abril de 2023. Su estructura, campos y catálogos están en el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal, que el SAT actualiza periódicamente.
Datos obligatorios
El cambio más importante frente a la versión 3.3 es que ahora se validan contra el padrón del SAT los datos del cliente. Si uno no coincide, el PAC rechaza el timbrado.
| Dato | Qué escribir |
|---|---|
| RFC | El RFC vigente del cliente. |
| Nombre o razón social | Exactamente como aparece en su constancia de situación fiscal, sin el régimen societario (por ejemplo, sin «S.A. de C.V.»). |
| Código postal fiscal | El de su domicilio fiscal, no el de la sucursal o la entrega. |
| Régimen fiscal | La clave de su régimen (por ejemplo, 601 General de Ley Personas Morales, 612 Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, 626 RESICO). |
| Uso del CFDI | Lo define el cliente y debe ser compatible con su régimen (por ejemplo, G03 Gastos en general). |
Del lado del emisor se piden tu RFC, nombre, régimen fiscal y el código postal del lugar de expedición. Cada concepto lleva clave de producto o servicio, clave de unidad y el campo Objeto de impuesto, que indica si la operación causa impuestos (por ejemplo, 01 No objeto de impuesto o 02 Sí objeto de impuesto).
Tipos de comprobante
| Tipo | Para qué sirve |
|---|---|
| I · Ingreso | Cobrar una venta o un servicio. Es la factura «normal», incluido el recibo de honorarios. |
| E · Egreso | Notas de crédito: descuentos, devoluciones o bonificaciones sobre una factura de ingreso. |
| P · Pago | Complemento para recepción de pagos (versión 2.0): acredita cada cobro de una factura PPD. |
| T · Traslado | Ampara el traslado de mercancías; con el complemento carta porte cuando se transportan por vías federales. |
| N · Nómina | Recibo de nómina de cada trabajador. |
PUE, PPD y complemento de pago
El método de pago le dice al SAT cuándo cobras:
- PUE · Pago en una sola exhibición: el cliente paga completo antes de que termine el mes en que emites la factura. Indicas la forma de pago real (transferencia, efectivo, tarjeta…).
- PPD · Pago en parcialidades o diferido: cobras después o en partes. La forma de pago va como «99 Por definir» y, por cada cobro, emites un complemento de pago, a más tardar el día 5 del mes siguiente al que lo recibiste.
Factura a público en general y factura global
Cuando el cliente no pide factura, las ventas se amparan con una factura global diaria, semanal, mensual o bimestral, con estos datos genéricos en el receptor: RFC XAXX010101000, nombre «PUBLICO EN GENERAL», régimen 616 Sin obligaciones fiscales, uso S01 Sin efectos fiscales y el código postal de tu lugar de expedición. Debes indicar la periodicidad y el periodo que cubre.
Cómo cancelar una factura
Para cancelar un CFDI debes elegir el motivo:
| Clave | Motivo |
|---|---|
| 01 | Comprobante emitido con errores con relación: primero emites la factura que lo sustituye y la relacionas. |
| 02 | Comprobante emitido con errores sin relación: el error no requiere una factura nueva relacionada. |
| 03 | No se llevó a cabo la operación. |
| 04 | Operación nominativa relacionada en una factura global. |
En la mayoría de los casos el receptor debe aceptar la cancelación desde el buzón tributario o el portal del SAT; hay excepciones, como montos menores o comprobantes de egreso, nómina y traslado. La cancelación debe hacerse a más tardar en el mes en que se presenta la declaración anual del ejercicio en que se emitió la factura.
Preguntas frecuentes
¿Qué datos necesito para facturar en CFDI 4.0?
Del cliente: RFC, nombre o razón social, código postal de su domicilio fiscal y régimen fiscal tal como aparecen en su constancia de situación fiscal, además del uso del CFDI compatible con ese régimen.
¿Cuándo debo emitir un complemento de pago?
Cuando la factura se emitió con método PPD (pago en parcialidades o diferido). Se emite por cada cobro, a más tardar el día 5 del mes siguiente al que recibiste el pago.
¿Qué pasa si el nombre del cliente no coincide con el SAT?
El PAC rechaza el timbrado. Escribe el nombre exactamente como en la constancia de situación fiscal y sin el régimen societario.
¿Puedo cancelar una factura sin que el cliente acepte?
Solo en los supuestos que el SAT exceptúa; en la mayoría de los casos el receptor debe aceptar la cancelación.
Fuentes oficiales
- Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A (se abre en otra pestaña)
- SAT: Anexo 20, guía de llenado y catálogos del CFDI 4.0 (se abre en otra pestaña)
- SAT: portal de factura electrónica (se abre en otra pestaña)
Este artículo es informativo y refleja las leyes vigentes al 7 de noviembre de 2026. No sustituye la asesoría de un contador o abogado; revisa tu caso particular antes de tomar decisiones.
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